Acústica Global asiste a la Jornada sobre Contaminación Acústica

El pasado sábado 10 de abril se celebró en la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla la Jornada sobre Contaminación Acústica, organizada por la Asociación Española de Juristas contra el Ruido con motivo del Día Internacional contra el Ruido.
Durante la misma se realizó un interesantísimo recorrido por las distintas visiones del problema del ruido, desde el punto de vista del Derecho Civil, Penal, Administrativo y Derecho del Trabajo, y se entregó el premio a Don Antonio Fraguas (Forges) por su inestimable labor de concienciación sobre la contaminación acústica.
El famoso humorista gráfico consiguió dar un punto y final en clave divertida a una jornada en la que se vivieron momentos de tristeza por los dramas reales a los que están sometidos los ciudadanos como víctimas del ruido.
Asimismo, la Jornada concluyó de manera optimista y esperanzadora debido a las últimas sentencias del Tribunal Supremo en materia de lucha contra el ruido, que reconoce a las víctimas del ruido como auténticas víctimas de lesiones, que ven violados sus derechos constitucionales, como el derecho a la intimidad, a la salud y a un medio ambiente adecuado.

El pasado sábado 10 de abril se celebró en la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla la Jornada sobre Contaminación Acústica, organizada por la Asociación Española de Juristas contra el Ruido con motivo del Día Internacional contra el Ruido.

Durante la misma se realizó un interesantísimo recorrido por las distintas visiones del problema del ruido, desde el punto de vista del Derecho Civil, Penal, Administrativo y Derecho del Trabajo, y se entregó el premio a Don Antonio Fraguas “Forges” por su inestimable labor de concienciación sobre la contaminación acústica.

El famoso humorista gráfico consiguió dar un punto y final en clave divertida a una jornada en la que se vivieron momentos de tristeza por los dramas reales a los que están sometidos los ciudadanos como víctimas del ruido.

Asimismo, la Jornada concluyó de manera optimista y esperanzadora debido a las últimas sentencias del Tribunal Supremo en materia de lucha contra el ruido, que reconoce a las víctimas del ruido como auténticas víctimas de lesiones, que ven violados sus derechos constitucionales, como el derecho a la intimidad, a la salud y a un medio ambiente adecuado.

Forges en Jornada sobre Contaminación Acústica Sevilla 2010

Causar ruido puede constituir delito por lesiones

Hace unos días el Tribunal Supremo confirmaba una sentencia novedosa sentando así jurisprudencia: los trastornos producidos por exceso ruido pueden ser considerados lesiones y el hecho de causarlos constituye un delito penal. El juez llega a referirse al ruido como una “tortura”.

Esta sentencia establece un antes y un después dado que los trastornos por ruido hasta ahora habían llegado a constituir como máximo una falta por lesiones.

Edición digital de ABC. 5 de febrero de 2010.

Cinco años y medio de prisión para la dueña de un pub por los ruidos de su local.

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó a cinco años y medio de prisión a la dueña de un pub al considerar por primera vez como un delito de lesiones los trastornos que sufrieron los vecinos del inmueble por el ruido generado por el local.

Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del TS en una sentencia en la que desestima el recurso interpuesto por la propietaria del local, María del Carmen Ahijado, contra la dictada por la Audiencia de Barcelona el año pasado, la primera en España que reconoció las lesiones en las personas causadas por el ruido.
La Audiencia Provincial consideró probado que Ahijado, propietaria entre abril de 2005 y mayo de 2006 del ‘pub’ ‘Donegal’, situado en el centro de Barcelona, instaló en el local un equipo de cinco altavoces que generaban un ruido de hasta setenta decibelios desde las nueve de la mañana hasta las tres de la madrugada.
Los vecinos del inmueble situado sobre el bar, que soportaban emisiones de ruido de hasta 43 decibelios, precisaron atención psiquiátrica por un transtorno depresivo y debieron tomar ansiolíticos.
Todo ello, según explica, “perturbó gravemente la vida familiar y la salud física y psíquica” de los vecinos.
El abogado de la acusación particular, Lluís Gallardo, explicó en rueda de prensa cuando se conoció la resolución en marzo del año pasado que se trataba de la primera vez que una sentencia penal se refería al ruido como tortura.
Para el TS, “existen medios de prueba” para la condena impuesta por la Audiencia de Barcelona. El único precedente en España sobre los efectos del ruido en las personas era hasta ahora la sentencia de un tribunal de Zaragoza, que condenó por una “falta de imprudencia por lesiones” al dueño de un bar, aunque sin llegar a reconocer como delito los efectos del ruido sobre la salud de las personas.
Posteriormente, el pasado mes de diciembre el Supremo calificó por primera vez de falta de lesiones el menoscabo causado en la salud de los vecinos afectados por el ruido de un “after hours” y por el que la Audiencia de Barcelona condenó a su propietario a 4 años de cárcel por un delito contra el medio ambiente.
Por ello, el Alto Tribunal le condenó también a una multa de 2.700 euros por nueve faltas de lesiones.

Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del TS en una sentencia en la que desestima el recurso interpuesto por la propietaria del local, María del Carmen Ahijado, contra la dictada por la Audiencia de Barcelona el año pasado, la primera en España que reconoció las lesiones en las personas causadas por el ruido.

La Audiencia Provincial consideró probado que Ahijado, propietaria entre abril de 2005 y mayo de 2006 del ‘pub’ ‘Donegal’, situado en el centro de Barcelona, instaló en el local un equipo de cinco altavoces que generaban un ruido de hasta setenta decibelios desde las nueve de la mañana hasta las tres de la madrugada.

Los vecinos del inmueble situado sobre el bar, que soportaban emisiones de ruido de hasta 43 decibelios, precisaron atención psiquiátrica por un transtorno depresivo y debieron tomar ansiolíticos.

Todo ello, según explica, “perturbó gravemente la vida familiar y la salud física y psíquica” de los vecinos.

El abogado de la acusación particular, Lluís Gallardo, explicó en rueda de prensa cuando se conoció la resolución en marzo del año pasado que se trataba de la primera vez que una sentencia penal se refería al ruido como tortura.

Para el TS, “existen medios de prueba” para la condena impuesta por la Audiencia de Barcelona. El único precedente en España sobre los efectos del ruido en las personas era hasta ahora la sentencia de un tribunal de Zaragoza, que condenó por una “falta de imprudencia por lesiones” al dueño de un bar, aunque sin llegar a reconocer como delito los efectos del ruido sobre la salud de las personas.

Posteriormente, el pasado mes de diciembre el Supremo calificó por primera vez de falta de lesiones el menoscabo causado en la salud de los vecinos afectados por el ruido de un “after hours” y por el que la Audiencia de Barcelona condenó a su propietario a 4 años de cárcel por un delito contra el medio ambiente.

Por ello, el Alto Tribunal le condenó también a una multa de 2.700 euros por nueve faltas de lesiones.

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